sábado 11 de mayo de 2024 - Edición Nº2791
Actualidad Jachallera » Nacionales » 30 sep 2020

POR LA PANDEMIA

AFIP extendió la suspensión de la baja del monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó la vigencia a septiembre de la suspensión de las bajas automáticas al régimen de monotributo en caso de falta de pago de los contribuyentes.


Por:
Redacción ACTUALIDAD JACHALLERA

Así lo estableció a través de la Resolución General 4825/2020 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, que extendió los beneficios vigentes desde marzo pasado. La normativa actual establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. De esta manera, la AFIP resolvió que septiembre no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas de quienes estén en el régimen de monotributo.

Existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen, y la más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible. El organismo definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en setiembre para proceder a exclusiones de oficio.

Por otro lado, la AFIP continúa hasta el 2 de octubre con la inscripción al Programa Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). De este modo, los empleados podrán registrarse en caso que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de septiembre deben registrarse con su clave fiscal en afip.gob.ar.

El Programa ATP prevé que aquellos empleadores con una variación nominal negativa en su facturación entre los meses agosto de 2020 y 2019 accedan al Salario Complementario. Por su parte, las firmas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada. La tasa de interés para las financiaciones será en todos los casos del 15%.

El trámite para acceder a un Crédito a Tasa Subsidiada se iniciará a través del sitio web de la AFIP y los préstamos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada por cada empresa. Los Créditos a Tasa Subsidiada se acreditan directamente en las cuentas bancarias de cada una de las trabajadoras y trabajadores.

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