sábado 10 de mayo de 2025 - Edición Nº3155
Actualidad Jachallera » Provinciales » 8 may 2025

acuifero Pampa del Chañar

Oficializaron la ordenanza que protege la única fuente de agua segura en el departamento de Jáchal

El pasado lunes 5 de mayo, el Ejecutivo municipal de Jáchal publicó en el Boletín Oficial la Ordenanza N° 3172, sancionada por el Concejo Deliberante el 2 de septiembre de 2024. Esta normativa, ahora en plena vigencia, declara a la cuenca hídrica de Pampa del Chañar como Área Protegida Municipal de Interés Ambiental y Público.


Por:
Diario Huarpe

La decisión marca un antes y un después en la política ambiental del departamento y representa un hito en la defensa de los recursos naturales, ya que no solo se trata de la única y última fuente de agua dulce apta para el consumo humano que abastece a gran parte de la población jachallera, sino también porque la oficialización de la norma se había puesto en dudaba después de los cuestionamientos del Ejecutivo Municipal, que mediante un dictamen emitido por Asesoría Letrada, alegó que la ordenanza excedía las competencias municipales y vulneraba disposiciones constitucionales. Es decir, el Ejecutivo municipal dio marcha atrás a un dictamen que había firmado en el 2024 y mostró una nueva posición frente a la defensa del bien común: el agua.

 

Un recurso vital que ya no admite riesgos

Ubicada al norte del departamento de Jáchal, la cuenca hídrica de Pampa del Chañar alberga un acuífero de características singulares: es un sistema hidráulico libre y vulnerable, sin barreras geológicas que lo protejan de la contaminación. La ordenanza busca precisamente impedir cualquier actividad que pueda afectar su integridad y pureza.

En ese sentido, la normativa prohíbe expresamente la minería metalífera y no metalífera, la extracción de agua con fines no humanos, el uso de sustancias tóxicas como el cianuro y el mercurio, la actividad agrícola o ganadera a gran escala, y cualquier tipo de infraestructura que pueda poner en riesgo la cuenca, como valles de lixiviación o diques de colas.

 

Fundamento legal y respaldo científico

La ordenanza se apoya en un sólido marco jurídico que va desde la Constitución Nacional hasta leyes provinciales específicas. Entre ellas, se destacan la Ley Nacional de Ambiente N° 25.675, la Ley Nacional de Régimen de Gestión Ambiental de Aguas N° 25.688, y la Ley Provincial de Protección de Cuencas N° 1999 L, entre otras.

Además, la normativa está respaldada por informes científicos del Instituto Nacional del Agua (INAS-CRAS) y de la ex secretaría del Agua de San Juan, que advierten sobre la vulnerabilidad del sistema y su relevancia estratégica para la supervivencia de la comunidad.

 

Zonificación y control: claves de la aplicación

La protección no se limita a la cuenca misma. El texto establece una zonificación de dos áreas:

-Zona Roja: el área de la cuenca hídrica en sí misma, con protección absoluta.

-Zona Amarilla: una franja de 5 km a su alrededor, como zona de amortiguamiento para evitar filtraciones o contaminaciones indirectas.

 

También se establece la obligación de realizar monitoreos regulares de calidad del agua, controlar las perforaciones de pozos y desarrollar un plan de manejo ambiental integral, con apoyo técnico del INAS-CRAS y financiamiento que podría incluir gestiones ante organismos internacionales.

 

Educación, participación ciudadana y control público

La ordenanza contempla acciones de educación ambiental y concientización, especialmente en escuelas, mediante convenios con el Ministerio de Educación y OSSE. Además, obliga a realizar audiencias públicas vinculantes en caso de que se presenten proyectos extractivos en la zona de amortiguamiento, asegurando la participación ciudadana y la transparencia en las decisiones.

Finalmente, se insta al Ejecutivo municipal y al Diputado Departamental a impulsar un proyecto de ley provincial que eleve esta protección al máximo rango legislativo, garantizando la conservación del acuífero para las generaciones futuras.

 

Una victoria del agua, la comunidad y la vida

La oficialización de la Ordenanza N° 3172 representa una victoria ciudadana, científica y ambiental. En un contexto de creciente presión sobre los recursos hídricos, Jáchal da un paso firme en defensa de su acuífero más valioso. La Cuenca de Pampa del Chañar ya no estará sola: ahora, cuenta con una legislación clara, firme y con sustento técnico y legal que prioriza la vida por sobre cualquier otra actividad.

La protección del agua ya no es una opción: es una obligación ética, legal y vital.

 

Fuente: Diario Huarpe- Periodista: Alejandro Pellegrunzi

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