A pesar de que el acuerdo tuvo algunas demoras, la Upacp ya ha publicado en su sitio web oficial los nuevos valores salariales para cada categoría y modalidad de trabajo. Estas cifras reflejan el impacto directo en el salario del personal de tareas generales, la quinta categoría, que incluye a las empleadas domésticas encargadas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, y preparación de alimentos.
Desde septiembre
Las empleadas domésticas verán reflejado un nuevo incremento salarial en el mes de septiembre
Confirmaron que en el mes de septiembre de 2024, los trabajadores del servicio doméstico percibirán un incremento salarial del 4%, aplicable sobre el sueldo de agosto, según lo establecido en el más reciente acuerdo paritario, en línea con la dinámica de precios.
Redacción Actualidad Jachallera
Este ajuste es parte de un acuerdo más amplio que incluyó un aumento del 8,5% en julio, lo que hace que la suba de agosto sea acumulativa. La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp), el sindicato que representa al sector, fueron los encargados de negociar estas actualizaciones.
Con la intención de seguir ajustando los salarios de acuerdo y equipararlos con la inflación y otras variables económicas, las partes han programado una nueva reunión para el 18 de septiembre, con el objetivo de revisar las paritarias y considerar posibles ajustes adicionales.
Salario por hora desde septiembre
Para quienes realizan tareas generales en casas particulares y están contratadas por hora o por jornada, los montos a cobrar en septiembre son los siguientes:
- Por hora con retiro: $2620
- Por hora sin retiro: $2825
- Estos valores aplican para quienes trabajan menos de 24 horas semanales con un mismo empleador.
Salario mensual desde septiembre
- En septiembre, las trabajadoras que operan bajo un esquema mensual recibirán los siguientes montos por su labor en agosto:
- Mensual con retiro: $321.361
- Mensual sin retiro: $357.350
Estas cifras se refieren a trabajadores que cumplen con el Régimen establecido por la Ley N° 26.844 y laboran 24 o más horas semanales para un mismo empleador. Los montos son proporcionales al número de horas efectivamente trabajadas y excluyen conceptos adicionales como antigüedad, aportes jubilatorios, y obra social, que son responsabilidad del empleador.